cuentas gubernativas










COLEGIO LICEO PARTICULAR MIXTO GUADALUPANO

KATERIN RAQUEL CAMPOS SANTOS

SEXTO PERITO CONTADOR

CONTABILIDADA GUBERNAMENTAL

GASPAR LÓPEZ
                                                                                              8/08/18












INTRODUCCIÓN
La contabilidad gubernamental o contabilidad oficial, trata de las normas, convenios y métodos para registrar las operaciones y estados financieros de derecho público, que administran el fisco de la nación, los estados, los municipios y comprenden además, los demás organismos oficiales, inclusive los entes autónomos y las empresas en que tienen participación el estado. Todo esto con el fin de facilitar el adecuado control fiscal sobre los bienes de la nación y sobre las operaciones que con ellos se efectúan.
Las cuentas deben llevarse de modo que permitan determinar si son adecuados los medios para asegurar, el buen manejo de los fondos y bienes públicos, cuya misión esta confiada a funcionarios administrativos. A demás deben llevarse en forma que permita su comprobación por auditores externos, incluyendo todos los libros, cajas y fondos, valores y bienes.















CUENTAS DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
INSTRUCTIVO PARA LA OPERATORIA DE LAS CUENTAS
1. ACTIVO
1.1 Activo corriente
1.1.1 Disponibilidades
1.1.1.1 Caja
1.1.1.2 Bancos
1.1.1.3 (Previsión por fluctuación de la moneda)
1.1.1.4 Fondos rotatorios
1.1.2 Inversiones financieras
1.1.2.1 Inversiones temporarias
1.1.2.2 Títulos y valores
1.1.2.3 Préstamos Financieros otorgados
1.1.3 (Previsión por fluctuación de la moneda y/o por diferencia de cotización)
1.1.3.1 (Previsión por fluctuación de la moneda-inversión financiera)
1.1.3.2 (Previsión por diferencia de cotización)
1.1.4 Créditos
1.1.4.1 Cuentas a cobrar
1.1.4.2 Documentos a cobrar
1.1.4.3 Anticipos
1.1.4.4 Gastos pagados por adelantado
1.1.4.5 Préstamos Otorgados
1.1.4.9 Otros créditos
1.1.5 (Previsión para incobrables)
1.1.5.1 (Previsión para incobrables por cuentas a cobrar)
1.1.5.2 (Previsión para incobrables por documentos a cobrar)
1.1.5.9 (Previsión para incobrables por otros créditos)
1.1.6 Bienes de cambio
1.1.6.1 Existencias de productos terminados
1.1.6.2 Existencias de productos en proceso
1.1.6.3 Existencias de materiales, suministros y materias primas
1.1.6.4 Existencias de productos estratégicos
1.1.7 Bienes de consumo
1.1.7.1 Materiales, suministros y materias primas
1.1.7.9 Otros
1.1.8 Recaudación en tránsito (*)
1.1.8.1 Agencias y sucursales bancarias
1.1.8.2 Bancos perceptores
1.1.8.3 Banco Central - cámara compensadora
1.1.8.4 Banco de la Nación Argentina recaudación impositiva
1.1.8.5 Cuenta Provincias - coparticipación
1.1.9 Otros activos
1.1.9.9 Otros Activos a Asignar
1.2 Activo no corriente
1.2.1 Créditos a Largo Plazo
1.2.1.1 Cuentas a cobrar a largo plazo
1.2.1.2 Documentos a cobrar a largo plazo
1.2.1.3 Adelantos a proveedores y contratistas a largo plazo
1.2.1.4 Gastos pagados por adelantado a largo plazo
1.2.1.5 Préstamos Otorgados a largo plazo
1.2.1.6 Fondos Fiduciarios
1.2.1.9 Otros créditos a cobrar a largo plazo
1.2.2 (Previsión para incobrables a largo plazo)
1.2.2.1 (Previsión para incobrables por cuentas a cobrar a largo plazo)
1.2.2.2 (Previsión para incobrables por documentos a cobrar a largo plazo)
1.2.2.9 (Previsión para incobrables por otros créditos a cobrar a largo plazo)
1.2.3 Inversiones financieras a Largo Plazo
1.2.3.1 Acciones y aportes de capital
1.2.3.2 Títulos y valores a largo plazo
1.2.3.3 Participaciones de capital
1.2.3.4 Préstamos financieros otorgados a largo plazo
1.2.4 (Previsión por fluctuación de la moneda y/o diferencia de cotización a largo plazo)
1.2.4.1 (Previsión por fluctuación de la moneda a largo plazo)
1.2.4.2 (Previsión por diferencia de cotización a largo plazo)
1.2.5 Bienes de uso
1.2.5.1 Edificios e instalaciones
1.2.5.2 Tierras y terrenos
1.2.5.3 Maquinaria y equipo
1.2.5.4 Equipo militar y de seguridad
1.2.5.5 Construcciones en proceso en bienes de dominio privado
1.2.5.6 Construcciones en proceso en bienes de dominio público
1.2.5.7 Bienes de Dominio Público
1.2.5.9 Otros bienes de uso
1.2.6 (Amortización acumulada de bienes de uso)
1.2.6.1 (Edificios e instalaciones)
1.2.6.3 (Maquinaria y equipo)
1.2.6.4 (Equipo militar y de seguridad)
1.2.6.9 (Otros bienes de uso)
1.2.7 Bienes inmateriales
1.2.7.1 Activos intangibles
1.2.8 (Amortización acumulada de bienes inmateriales)
1.2.8.1 (Activos intangibles)
1.2.9 Otros activos largo plazo
1.2.9.9 Otros activos a asignar a largo plazo
305
MANUAL DE CONTABILIDAD
INTEGRADA GUBERNAMENTAL
C U E N T A
CUENTAS DE CIERRE
7000
OBJETIVO
Registrar los ingresos y gastos de tipo corriente y refleja el resultado positivo o negativo del ejercicio en la cuenta corriente.
DÉBITOS
CRÉDITOS
S A L D O
OBSERVACIONES
306
MANUAL DE CONTABILIDAD
INTEGRADA GUBERNAMENTAL
C U E N T A
RESUMEN DE INGRESOS Y GASTOS
7100
OBJETIVO
Registrar los ingresos y gastos presupuestarios de la entidad, ocurridos durante el ejercicio fiscal.
DÉBITOS
CRÉDITOS

Por el monto total de los gastos corrientes del ejercicio.
Crédito: grupo 6
“Cuentas de Gastos”
Por el monto correspondiente al registro del superávit mediante la asignación de este capítulo contra el de “ahorro de la gestión”.
Crédito: grupo 7 “Cuentas de Cierre”
Por el monto total de los ingresos corrientes del ejercicio.
Débito: grupo 5 “Cuentas de Ingresos”
Por el monto correspondiente al registro del déficit mediante la asignación de este capítulo contra el de “desahorro de la gestión”.
Débito: grupo 7”Cuentas de Cierre”
S A L D O
Representa el resultado positivo o negativo respectivamente del ejercicio.
OBSERVACIONES
307
MANUAL DE CONTABILIDAD
INTEGRADA GUBERNAMENTAL
C U E N T A
AHORRO DE LA GESTIÓN
7200
OBJETIVO
Registra el resultado positivo en la cuenta corriente del ejercicio.
DÉBITOS
CRÉDITOS
Por el monto de imputación del superávit del ejercicio al patrimonio del ente.
Crédito: 3122
02
Resultado del Ejercicio
3212 02
Resultado del Ejercicio
Por el monto correspondiente al registro del superávit.
Débito: 7100 Resumen de Ingresos y Gastos
S A L D O
Representa el resultado positivo del ejercicio que todavía no fue asignado.
OBSERVACIONES
308
MANUAL DE CONTABILIDAD
INTEGRADA GUBERNAMENTAL
C U E N T A DESAHORRO DE LA GESTIÓN
7300
OBJETIVO
Registrar el monto que refleja el excedente de los egresos corrientes respecto de los ingresos corrientes del ejercicio.
DÉBITOS
CRÉDITOS
Por el monto correspondiente al registro del déficit del ejercicio.
Crédito: 7100 Resumen de Ingresos y Gastos
Por la transferencia a los resultados del desahorro en la cuenta corriente al cierre del ejercicio.
Débito:
312202Resultado del Ejercicio
3212 02 Resultado del Ejercicio
S A L D O
Representa el resultado negativo del ejercicio que todavía no fue asignado al patrimonio.
OBSERVACIONES
310ENTIDAD ESTADO DE RESULTADOS PERÍODO DEL____________________AL____________________
(Expresado en quetzales)
CUENTA
DESCRIPCIÓN DE LA CUENTA
MONTO
5000
INGRESOS
xxx5100 INGRESOS CORRIENTES
xxxx5110 INGRESOS TRIBUTARIOS
xxxx5111Impuestos Directos
xxxx5112Impuesto Indirectos
xxxx5113Impuestos por Clasificar
xxxx5120 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
xxxx5121 Derechos
xxxx5122Tasas
xxxx5123Contribuciones por Mejoras
xxxx5124Arrendamiento de Edificios, Equipos e Instalaciones
xxxx5125Regalías
xxxx5126Multas
xxxx5127Intereses por Mora
xxxx5129Otros Ingresos no Tributarios
Xxxx5130 CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
xxxx5131Contribuciones para la Seguridad Social
xxxx5132Otras Contribuciones
Xxxx5140VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
5141Venta de Bienes
xxxx5142Venta de Servicios
xxxx5150 FORMACIÓN DE CAPITAL POR CUENTA PROPIA
xxxx5160 INTERESES Y OTRAS RENTAS DE LA PROPIEDAD
xxxx5161Intereses
xxxx5162Dividendos
xxxx5163Arrendamiento de Inmuebles y Otros
xxxx5164Derechos sobre Bienes Intangibles
xxxx5165 Otras Rentas de la Propiedad
xxxx311 ENTIDAD ESTADO DE RESULTADOS PERÍODO
DEL____________________AL____________________
(Expresado en quetzales)
CUENTA
DESCRIPCIÓN DE LA CUENTA
MONTO
5170TRANSFERENCIAS CORRIENTES RECIBIDAS
xxxx5171 Transferencias Corrientes del Sector Privado
xxxx5172 Transferencias Corrientes del Sector Público
xxxx5173 Transferencias Corrientes del Sector Externo
xxxx5180 DONACIONES CORRIENTES RECIBIDAS
xxxx5181Donaciones Externas
xxxx5182Donaciones en Especie
Xxxx5200OTROS INGRESOS
xxxx5210O TROS INGRESOS PERCIBIDOS
xxxx5211 Utilidad Venta de Activos
xxxx5212Diferencias Cambiarias
xxxx5213Otros Ingresos de Operación
xxxx5214Diferencial Cambiario por Valuación
xxxx6000GASTOS
xxx6100GASTOS CORRIENTES
xxxx6110 GASTOS DE CONSUMO
xxxx6111Remuneraciones
xxxx6112Bienes y Servicios
xxxx6113Depreciación y Amortización
xxxx6114Estimación para Reservas Técnicas
xxxx6115Cuentas Incobrables
xxxx6116Bienes y Servicios Donados
xxxx6120INTERESES, COMISIONES Y OTRAS RENTAS DE LAS PROPIEDAD
xxxx6121Intereses y Comisiones
xxxx6122Arrendamiento de Tierras y Terrenos
xxxx6123Derechos sobre Bienes Intangibles
xxxx6124Otros Alquileres
xxxx6130 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
xxxx6131Prestaciones de Seguridad Social
xxxx312 ENTIDADESTADO DE RESULTADOS
PERÍODO DEL____________________AL____________________
(Expresado en quetzales)
CUENTA
DESCRIPCIÓN DE LA CUENTA
MONTO
6140OTRAS PÉRDIDAS Y/O DESINCORPORACIÓN
xxxx6141Pérdida en Venta de Activos
xxxx6142Otras Pérdidas
xxxx6143Pérdidas por Inventarios
xxxx6144Diferencial Cambiario por Valuación
xxxx6145Gastos Diferidos
xxxx6150 TRANSFERENCIAS CORRIENTES OTORGADAS
xxxx6151Transferencias Otorgadas al Sector Privado
xxxx6152Transferencias Otorgadas al Sector Público
xxxx6153Transferencias Otorgadas al Sector Externo
xxxx6154Transferencias Otorgadas al Sector Público Municipal
xxxx6160 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
xxxx6161Transferencias de Capital al Sector Privado
xxxx6162Transferencias de Capital al Sector Público
xxxx6163Transferencias de Capital al Sector Externo
xxxx6164Transferencias de Capital al Sector Público Municipal
xxxx RESULTADO DEL EJERCICIO
xxx313ENTIDAD BALANCE GENERAL AL ________DE_________________DE_________(Expresado en quetzales)
1000ACTIVO
2000PASIVO
1100ACTIVO CORRIENTE (CIRCULANTE)
2100PASIVO CORRIENTE
1110ACTIVO DISPONIBLE
2110CUENTAS A PAGAR A CORTO PLAZO
1111Caja
xxx2111Cuentas Comerciales a Pagar a Corto Plazo
xxx1112Bancos
xxx2112Contratistas
xxx TOTAL DE ACTIVO DISPONIBLE
xxx2113Gastos a Pagar
xxx2114Impuestos, Tasas y Derechos a Pagar
xxx1120INVERSIONES FINANCIERAS
2115Intereses a Pagar
xxx1121Inversiones Temporales
xxx2116Otras Cuentas a Pagar a Corto Plazo
xxx1122Títulos y Valores en Cartera
xxx2117Oficina Central y Unidades Desconcentradas (Haber)
xxx1123Préstamos Otorgados a Corto Plazo
xxx TOTAL DE CUENTAS A PAGAR A CORTO PLAZO
xxx TOTAL DE INVERSIONES FINANCIERAS
xxx2120 DOCUMENTOS Y EFECTOS A PAGAR A CORTO PLAZO
1130ACTIVO EXIGIBLE
2121Documentos Comerciales a Pagar a Corto Plazo
xxx1131Cuentas a Cobrar a Corto Plazo
xxx2122Otros Documentos a Pagar a Corto Plazo
xxx1132Documentos a Cobrar a Corto Plazo
xxx TOTAL DE DOCUMENTOS Y EFECTOS A PAGAR A CORTO PLAZO
xxx1133Anticipos
xxx1134Fondos en Avance
xxx2130DEUDA PÚBLICA
1135Oficina Central y Unidades Desconcentradas (Debe)
xxx2131Obligación por Deuda Pública a Corto Plazo
xxx1136Cuentas a Cobrar Organismos Receptores Administradores
xxx2132Préstamos Internos a Corto Plazo
xxx TOTAL DE ACTIVO EXIGIBLE
xxx2133Préstamos Externos a Corto Plazo
xxx2134Porción Corriente de Obligaciones y Préstamos a Largo Plazo
xxx1140ACTIVO REALIZABLE (NETO)
TOTAL DE DEUDA PÚBLICA
xxx1141Materias Primas, Materiales y Suministros
xxx1142Existencia de Productos y Subproductos
xxx2140PASIVOS DIFERIDOS
1143Existencia de Productos Estratégicos
xxx2141Pasivos Diferidos a Corto Plazo
xxx1144Materias Primas, Materiales y Suministros Donaciones
xxx TOTAL DE ACTIVO REALIZABLE (NETO)
xxx TOTAL DE PASIVOS DIFERIDOS
xxx1160OTROS ACTIVOS
2150FONDOS DE TERCEROS Y EN GARANTÍA
1161Activo Diferido a Corto Plazo
xxx2151Fondos de Terceros
xxx TOTAL DE OTROS ACTIVOS
xxx2152Fondos en Garantía
xxx TOTAL DE ACTIVO CORRIENTE (CIRCULANTE)
xxx TOTAL DE FONDOS DE TERCEROS Y EN GARANTÍA
xxx TOTAL DE PASIVO CORRIENTE
xxx1200 ACTIVO NO CORRIENTE (LARGO PLAZO)
1210INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO
2200PASIVO NO CORRIENTE
1211Títulos y Valores a Largo Plazo
xxx2210 CUENTAS A PAGAR A LARGO PLAZO
1212Acciones y Participaciones de Capital
xxx2211Cuentas Comerciales a Pagar a Largo Plazo
xxx1213Préstamos Concedidos a Mediano y Largo
xxx2212Otras Cuentas a Pagar a Largo Plazo
xxx1214Fondos en Fideicomiso
xxx2213Gastos a Pagar
xxx TOTAL DE INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO
xxx TOTAL DE CUENTAS A PAGAR A LARGO PLAZO
xxx314ENTIDAD BALANCE GENERAL AL ________DE_________________DE_________
(Expresado en quetzales)
2220
DOCUMENTOS Y EFECTOS A PAGAR A LARGO PLAZO
1220CUENTAS Y DOCUMENTOS A COBRAR A LARGO PLAZO
2221Documentos Comerciales a Pagar a Largo Plazo
xxx1221Cuentas a Cobrar a Largo Plazo
xxx2222Otros Documentos a Pagar a Largo Plazo
xxx1222Documentos a Cobrar a Largo Plazo
xxx TOTAL DE DOCUMENTOS Y EFECTOS A PAGAR A LARGO PLAZO
xxx1223Anticipos a Contratistas a Largo Plazo
xxx TOTAL DE CUENTAS Y DOCUMENTOS A COBRAR A L. PLAZO
xxx2230 DEUDA PÚBLICA A LARGO PLAZO
2231Obligaciones por Deuda Pública a Largo Plazo
xxx1230PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO (NETO)
2232Préstamos Internos de Largo Plazo
xxx1231Propiedad y Planta en Operación
xxx2233Préstamos Externos de Largo Plazo
xxx1232Maquinaria y Equipo
xxx TOTAL DE LA DEUDA PÚBLICA A LARGO PLAZO
xxx1233Tierras y Terrenos
xxx1234Construcciones en Proceso
xxx2240PASIVOS DIFERIDOS A LARGO PLAZO
1235Equipo Militar y de Seguridad
xxx2241Pasivos Diferidos a Largo Plazo
xxx1236Animales
xxx TOTAL DE PASIVOS DIFERIDOS A LARGO PLAZO
xxx1237 Otros Activos Fijos
xxx1238Infraestructura
xxx2250 PREVISIONES A LARGO PLAZO Y RESERVAS TÉCNICAS
2271Depreciaciones Acumuladas
(xx)2251 Previsiones para Beneficios Sociales
Xxx TOTAL DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO (NETO)
xxx2252Reservas Técnicas
xxx TOTAL DE PREVISIONES A L. PLAZO Y RESERVAS TÉCNICAS
xxx1240ACTIVO INTANGIBLE
1241Activo Intangible Bruto
xxx2260PREVISIONES ACUMULADAS
2272Amortización Acumulada (xx)
2261 Previsión para Cuentas Incobrables
Xxx TOTAL DE ACTIVO INTANGIBLE
xxx2262 Previsión para Pérdidas de Inventarios
xxx2269 Previsión para Otras Pérdidas
xxx1250  ACTIVO DIFERIDO A LARGO PLAZO
TOTAL DE PREVISIONES ACUMULADAS
xxx1251 Activo Diferido a Largo Plazo
xxx1252 Descuento sobre Obligaciones Deuda Pública
xxx TOTAL DE ACTIVO DIFERIDO A LARGO PLAZO
xxx TOTAL DE ACTIVO NO CORRIENTE (LARGO PLAZO)
xxx TOTAL DE PASIVO NO CORRIENTE
xxx SUMA DE ACTIVO
xxx SUMA DE PASIVO
xxx3000  PATRIMONIO
3100 PATRIMONIO NETO
3110 Patrimonio Fiscal
Xxx TOTAL DE PATRIMONIO FISCAL






El plan único de cuenta es una relación o listado que comprende todas las cuentas contables que pueden ser utilizadas al desarrollar la contabilidad de una determinada empresa u organización. Este cuadro puede estar acompañado de información complementaria que indique para cada una de las cuentas, los motivos de cargo, abono y el significado del saldo.
El cuadro debe suponer una clasificación, distribución y agrupación de cuentas de acuerdo con el inventario patrimonial, permitiendo distinguir los elementos del activo y el pasivo, clasificándolas y agrupándolas de acuerdo con la naturaleza de los elementos que integran el patrimonio y de las operaciones de la entidad, separando las cuentas de balance de las cuentas de resultados. Según estos principios, las cuentas son ordenadas mediante la asignación de un código único y una descripción de la misma. La forma más aceptada de agrupación se realiza mediante un sistema decimal que se subdivide en varios niveles con distintas denominaciones (por ejemplo: grupos, subgrupos, conceptos, cuentas principales etc.) otro ejemplo de codificación numérica:
1 Activo (rubro)
1.1 caja y banco (primer subrubro del rubro activo)
1.1.1 Caja (primera cuenta subrubro caja y banco)
1.1.2 Bancos cuenta corriente (segunda cuenta integrante del subrubro caja y banco)
2. Pasivo (rubro)
2.1 Deudas comerciales (primer suburbio del rubro pasivo)
2.1.1 proveedores (primera cuenta integrante suburbio deudas comerciales)
3. Patrimonio neto (rubro)
3.1 Capital suscripto (primer suburbio del rubro activo)
3.1.1 acciones en circulación (primera cuenta del suburbio capital suscripto)
4. Ingresos (rubro)
4.1 Ganancias ordinarias (primer subrubro del rubro ingreso)
4.1.1 Ventas (primera cuenta del subrubro ganancias ordinarias)
4.2 ganancias extraordinarias (segundo subrubro del rubro ingresos)
4.2.1 Sobrante de caja (primera cuenta del subrubro ganancias extraordinarias)
5. Egresos (rubro)
5.1 Perdidas ordinarias (primer subrubro del rubro egresos)
5.1.1 costo de ventas (primera cuenta del subrubro perdidas ordinarias)
5.1.2 Sueldos y jornales (segunda cuenta del subrubro  pérdidas ordinarias)

PLAN UNICO DE CUENTA
Como se puede apreciar el plan de cuenta debe ser flexible para poder ir agregando cuentas en la medida que vayan surgiendo y sean necesarias.
El plan de cuentas de una empresa trata de dotar de la máxima eficiencia a la contabilidad, al homogeneizar y facilitar la tarea de contabilización. En la medida que las empresas están más relacionadas se pone de manifiesto la necesidad de normalizar los diferentes planes de cuentas de las empresas con el objeto de hacer más comparable la información.
La legislación de algunos países establece determinados modelos de plan contable que ha de ser aplicado por las empresas del país. En otros, en cambio, se establece una total libertad para que cada entidad diseñe y establezca el plan que considere conveniente.
Elementos a tener en cuenta al confeccionar un plan de cuentas
Identificar el tipo de actividad económica que realiza la empresa (si es de servicio, compra y venta de artículos, fábrica, etc.)
Considerar la tipificación jurídica de la empresa. (si se trata de una S.A., S.R.L., comandita por acciones, etc.)
La magnitud económica de la empresa
Las necesidades de información de los propietarios y de terceros
Localización de la empresa
Legislación impositiva, laboral resoluciones técnicas, normas internacionales tanto de exposición de Estados Contables como legislación vigente (en el caso que sea procedente).
El plan de cuenta debería ir acompañado de un manual de cuentas que debe contener el plan de cuentas codificado y el análisis y formas de utilización de las cuentas seleccionadas.

El Plan Único de Cuentas (PUC) como su nombre muy bien lo indica es un plan que busca la uniformidad de las operaciones económicas realizadas por los comerciantes, busca la transparencia de la información contable y busca la consecución de una mayor claridad y confiabilidad al evaluar la situación y evolución de los diferentes sectores económicos. Por ejemplo, en Colombia específicamente opera el PUC para comerciantes, que es de obligatoria aplicación desde 1995 para todas las personas naturales y jurídicas que les exigen llevar la contabilidad. Inicialmente establecido con el decreto 2195 de 1992, al PUC se le han efectuado varias modificaciones, una de las más representativas es la establecida por el decreto 2650 de 1993, entre otras.
Descripción: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/a/a3/PLAN_UNICO_DE_CUENTA.jpg/1024px-PLAN_UNICO_DE_CUENTA.jpg




Modificaciones
Conforme de los bienes.
-Servicios no personales.
-Servicios básicos.
Simultáneamente con el registro del Gasto devengado.
Por la factura con la recepción Conforme de los bienes.
-Servicios no facturas personales.
-Alquileres y derechos.
Al formalizar el contrato, por la parte Que debe atenderse en el ejercicio.
Si se crean obligaciones sobre Ejercicios futuros deberá darse Cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente
Al conformarse las o liquidaciones.
-Servicios no personales.
-Mantenimiento, reparación y limpieza.
Al formalizarse el contrato, o con la emisión de la orden de compra.
Por la factura con la conformidad de la prestación.
-Servicios no personales.
-Servicios técnicos y profesionales.
Por la orden respectiva que dispone la prestación del servicio o al suscribirse el contrato por la parte a cumplir en el ejercicio.
Por la factura con la conformidad de la prestación.
-Servicios no personales.
-Servicios comerciales y financieros.
-Transportes
-Almacenamiento
Al emitirse la orden de compra o al perfeccionarse el contrato.
Por la factura con la conformidad del servicio.
-Servicios no personales.
-Servicios comerciales y financieros.
-Imprenta, publicaciones y reproducciones.
Al emitirse la respectiva orden de compra o contrato.
Por la factura con la conformidad de recepción definitiva.
-Servicios no personales.
-Servicios comerciales y financieros.
-Primas y gastos de seguros.
Al subscribirse el contrato, por la parte de la prima que debe atenderse en el ejercicio.
Liquidación conforme de la factura o póliza.
-Servicios no personales.
-Servicios comerciales y financieros.
-Comisiones y gastos bancarios.
Al recibirse los respectivos comprobantes.
Al emitirse la orden de compra o firmarse el contrato.
Al certificarse la conformidad de la prestación.
Al aprobarse los débitos o con la factura conformada.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.6
-Publicidad y propaganda.
Orden de publicidad o al perfeccionarse el contrato.
Por la factura, con la conformidad del servicio.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.7
-Pasajes y viáticos.
1-Pasajes Al aprobarse el viaje.
Por la factura conformada.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.7
-Pasajes y viáticos.
2.-Viáticos.
Al aprobarse el viaje.
Al liquidarse el viaje.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.8
-Impuestos, derechos y tasas.
Al vencimiento, por liquidación o declaración jurada.
Al vencimiento de la liquidación o declaración jurada.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.9
-Otros servicios.
1-Servicio de ceremonial.
Al emitirse la orden o celebrarse el contrato.
Por la factura conformada.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.9
-Otros servicios.2
-Gastos reservados.
Al disponerse la operación.
Al liquidarse la orden de pago.
INC 3
-Servicios no personales.
P.P.9
-Otros servicios.
3-Servicio de vigilancia.
Al formalizarse el contrato u ordenarse el servicio.
Con la factura, al conformarse la prestación del servicio.
INC 3-Servicios no personales
P.P.9
-Otros servicios
Conforme a los criterios establecidos en los restantes rubros de esta Con la factura, al conformarse la prestación del servicio.
4-Otros. Partida, según naturaleza de la erogación.
INC 4
-Bienes de uso.
P.P.1
-Bienes preexistentes.1
-Tierras y terrenos
Al instrumentarse la adquisición mediante boleto de compraventa u otro documento fehaciente, o por la tasación definitiva de expropiaciones.
Al ser otorgada ante la Escribanía General de Gobierno la escritura traslativa de dominio, por el valor total del bien.
INC 4-Bienes de uso.
P.P.1
-Bienes preexistentes.2
-Edificios e instalaciones.
Al instrumentarse la adquisición mediante boleto de compraventa u otro documento fehaciente, o por la tasación definitiva de expropiaciones.
Al ser otorgada ante la Escribanía General de Gobierno la escritura traslativa de dominio, por el monto total del bien.
INC 4
-Bienes de uso.
P.P.1
-Bienes preexistentes.
3-Otros bienes preexistentes
Al suscribirse el contrato, boleto de compraventa o emitir la orden de compra.
Al conformarse la factura o documento de trasmisión de la propiedad por la recepción de los bienes.
INC 4-Bienes de uso.
P.P.2
-Construcciones.
Al suscribirse el contrato por el monto que se programa ejecutar en el ejercicio en curso.
Por el certificado de avance de obra aprobado por funcionario competente.
INC 4
-Bienes de uso.
P.P.3, 4, 5, 6, 7 y 8.
Al celebrarse el contrato o con la emisión de la orden de compra.
Por la recepción conforme de los bienes según factura o certificado de avance de obra.
INC 5
-Transferencias.
P.P.1.
-1, 2 y 3.
Al inicio del ejercicio por las prestaciones acordadas según padrón o listado emitido por la unidad responsable y durante el ejercicio por las variaciones que se produzcan.
Por las liquidaciones periódicas.
INC 5.
-Transferencias.
P.P.14 al 9.
Al disponerse la transferencia por autoridad competente.
Al aprobarse la liquidación.
INC 5
–Transferencias.
P.P.2 1 al 8.
Al disponerse la transferencia por autoridad competente.
Al aprobarse la liquidación.
INC 5
–Transferencias.
P.P.9 . 1 y 6.
Al disponerse la transferencia por autoridad competente.
Al aprobarse la liquidación.
INC 5
-Transferencias.
P.P.9.
-2 y 7.
Al inicio del ejercicio por los aportes aprobados, y posteriormente por cada nuevo aporte, según ley, decreto o resolución que lo establece.
Al aprobarse la liquidación.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.1
-Aportes de capital.
Al celebrarse el contrato o aprobarse el aporte por autoridad competente.
Al disponerse la entrega de fondos.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.2
-Préstamos a corto plazo.
P.P.3
-Préstamos a largo plazo.
Al celebrarse el contrato o aprobarse el préstamo por autoridad competente Al disponerse la entrega de fondos.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.4
-Títulos y valores.
Al celebrarse el contrato, o por el acto que dispone su adquisición.
Al aprobarse la liquidación.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.5
-Incrementos de disponibilidades.
P.P.6
-Incrementos de cuentas a cobrar.
P.P.7
-Incrementos de documentos a cobrar.
Al inicio del ejercicio por el monto presupuestado y los incrementos del ejercicio.
Al finalizar el período según estados financieros.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.8
-Incremento de activos diferidos y adelantos a proveedores y contratistas.
1 y 6 Incremento de Activos Diferidos.
Al inicio del ejercicio por el monto presupuestado y posteriormente por los incrementos del ejercicio.
Al finalizar el período según estados financieros.
INC 6
-Activos financieros.
P.P.8
-Incremento de activos diferidos y adelantos a proveedores y contratistas.
2 y 7 adelantos a proveedores y contratistas.
Al celebrarse el contrato o aprobación de documento alternativo.
Al aprobarse la liquidación.
INC 7
-Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos.
Al comienzo del año por el total a vencer en el mismo, de acuerdo al listado de créditos vigentes o estados financieros.
Durante el ejercicio, los correspondientes a nuevos empréstitos o emisiones que venzan hasta la clausura del mismo, de acuerdo al contrato de empréstitos.
Comisiones: al recibirse los débitos o según cláusulas contractuales
Al vencimiento de los servicios de amortización e interés, según liquidación correspondiente.
Comisiones: al conformarse los débitos.
INC 7
-Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos.
P.P.2
-Servicio de la deuda externa.
Durante el ejercicio, los correspondientes a nuevos empréstitos o emisiones que venzan hasta la clausura del mismo, de acuerdo al contrato de empréstitos.
Comisiones: al recibirse los débitos o según cláusulas contractuales.
Al vencimiento de los servicios de amortización e interés, según liquidación correspondiente.
Comisiones: al conformarse los débitos.
INC 7
-Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos.
P.P.3
-Intereses por préstamos recibidos.
Al comienzo del año por el total a vencer en el mismo según listado de intereses a pagar por créditos vigentes o estados financieros.
Durante el ejercicio, los correspondientes a nuevos contratos de préstamo que venzan hasta la clausura del mismo.
Al vencimiento del servicio, por la liquidación correspondiente.
INC. 7
-Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos.
P.P.4
-Disminución de préstamos a corto plazo.
P.P.5
-Disminución de préstamos a largo plazo.
Se compromete el inicio del ejercicio, por el monto de las previsiones presupuestarias.
Al vencimiento de los servicios de amortización según liquidación correspondiente.
INC. 7
-Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos.
P.P.6
-Disminución de cuentas y documentos a pagar.
P.P.8
-Disminución de pasivos diferidos.
Se compromete al inicio del ejercicio, por el monto de las previsiones presupuestarias.
Al finalizar el período según estados financieros.
P.P.9
-Conversión de la deuda.
Se compromete al inicio del ejercicio, por el monto de las previsiones presupuestarias.
En el momento en que se produce la conversión de largo a corto plazo.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.2
-Depreciación y amortización.
Se compromete al inicio del ejercicio por el monto presupuestado y posteriormente por los incrementos que se produzcan.
Al finalizar el período según estados financieros.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.3
-Descuentos y bonificaciones.
Al facturarse los bienes o servicios.
Al facturarse los bienes o servicios.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
1-Cuentas incobrables
-Si no se estableció la provisión. Por el acto administrativo que dispone la depuración de créditos.
-Con previsión establecida. Por las cuotas aprobadas para tal fin
-Por el acto administrativo que determine el monto y disponga la depuración de créditos
-Por las cuotas de previsión aprobadas para tal fin.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
2
-Pérdidas de inventario. A
-Si no se estableció la previsión. Por el acto administrativo que dispone la baja del inventario. B
-Con previsión establecida. Por las cuotas aprobadas para tal fin.

-Por el acto administrativo que dispone la baja de inventario.
-Por las cuotas de previsión aprobadas para tal fin.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
3-Auto seguro
Por el acto administrativo que fija la cuota periódica para hacer frente a las pérdidas.
Por el acto administrativo que fija la cuota periódica para hacer frente a las pérdidas.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
4-Pérdidas en operaciones cambiarias.
Al comienzo del ejercicio por el monto presupuestado.
Al liquidarse la operación que determina el monto de la pérdida.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
5-Pérdida en venta de activos.
Por el acto administrativo que dispone la venta de los bienes.
Por la facturación, escrituración u otro acto de transmisión de dominio.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
6-Otras pérdidas de operación.
Por la liquidación de la operación que determina la pérdida.
Por la liquidación de la operación que determina la pérdida.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
7-Otras pérdidas ajenas a la operación.
Por la liquidación de la operación que determina la pérdida.
Por la liquidación de la operación que determina la pérdida.
INC 8
-Otros gastos.
P.P.4
-Otras pérdidas.
9-Primas de emisión de valores públicos.
Por el acto administrativo que dispone el descuento a otorgar en la colocación de valores públicos.
Al efectuarse cada liquidación de colocación.
INC 8
-Otros gastos.
P.
P.5
-Disminución del patrimonio.
Al comienzo del ejercicio por el monto presupuestado.
Al finalizar el período según estados financieros.
INC 9
-Gastos figurativos.
P.P.1 y 2.
Al disponerse la transferencia por autoridad competente.
Al aprobarse la liquidación.
VIII. EF
ECTOS DEL CIERRE DEL EJERCICIO
De acuerdo a las disposiciones vigentes, los ejercicios financieros del Sector Público Nacional comenzarán el 1 de enero de cada año y finalizarán el 31 de diciembre, lo que causa distintos efectos con respecto a los recursos y gastos.
Después de la fecha de cierre, los recursos que se recauden se considerarán parte del presupuesto vigente, cualquiera sea el ejercicio en que se hubieren devengado.
Con respecto a los gastos, a partir del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo al ejercicio que se cierra.
Los gastos que estando devengados no fueron pagados, integran la Deuda Exigible y se cancelarán durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades en caja y bancos. Si el presupuesto cerrado se hubiese ejecutado en forma equilibrada, dichos fondos deben encontrarse en los saldos del activo a esa fecha.
Los gastos comprometidos y no devengados se afectarán al ejercicio siguiente, imputándose los mismos a los créditos disponibles para ese ejercicio.
IX. ESTADOS CONTABLES













TEMA DOS
REGISTROS DE LA CONTABLES DE LOS INGRESOS CORRIENTES
Ingresos Corrientes:
Son similares a los Ingresos Permanentes y de igual forma tiene una sub-división: Ingresos Tributarios, Ingresos de la Seguridad Social, Ingresos Petroleros e Ingresos No Tributarios.
Ingresos Tributarios: son los ingresos que el Estado obtiene de personas naturales (como usted) y  jurídicas (empresas, organizaciones); quienes de acuerdo a la ley están obligados a pagar impuestos. Siendo el Servicio de Rentas Internas y la Corporación Aduanera quienes definan objetivos y metas de esa recaudación.
Ingresos de la Seguridad Social: Pueden ser   ingresos de carácter obligatorio o voluntario, establecidos en la legislación, a favor de instituciones que proporcionan prestaciones de bienestar y seguridad social a particulares, trabajadores y servidores tanto del sector público como el privado.  Como ocurre con los aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. (IESS)
Ingresos Petroleros: Son ingresos generados por la exploración petrolera, y se calculan en función de los excedentes generados por la venta de crudo, productos derivados  y su consumo interno.
Ingresos No Tributarios: Son los ingresos generados por la venta de bienes y servicios; por ejemplo la construcción de canales de riego para el campo, por el cual la persona natural o jurídica debe pagar un impuesto; también está el cobro de tasas, como las aeroportuarias por el uso de su infraestructura; contribuciones, como el cobro por incumplimiento de contratos; rentas de inversiones que hace el estado ya sea con la empresa pública o privada; también están las  multas por incumplimiento de contratos, y otros ingresos que se generan por actividades propias de las instituciones del Estado. El cobro de estos valores debe ser legalmente justificado.




VENTA DE BIENES Y SERVICIOS D E LA ADMINISTRACION PÚBLICA



Ejecución de Ingresos - Municipalidad de Samayac, Suchitepéquez - Año 2008
Período

Entidad Responsable: SIAF
ENE - DIC

CONCEPTO
ASIGNACION ANUAL
AMPLIACIONES
VIGENTE
INGRESOS
% RESPECTO INGRESOS
409,192.00
60,530.00
469,722.00
95,390.00
100.00000 %
Totales
409,192.00
60,530.00
469,722.00
95,390.00
100.00 %
1
                 Generar Reporte en Excel     
Clase de Ingreso:
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
  Sección de Ingreso:

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Descripción de cuentas y sus operaciones
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS                                                                                         
OBJETO
Registrar los montos totales de los recursos provenientes de la prestación
de  servicios  y  de  la  venta  de  bienes  de  uso  exclusivo  de  entidades  que  se  encuentren 
dentro  del  presupuesto  de  la  Administración  Nacional  y  cuya  gestión  no  se  realiza  según criterios comerciales o industriales.
DÉBITO                                                      CRÉDITO                                                      
• Por  el  monto  total  de  los  ingresos  en  concepto de venta de bienes y servicios correspondientes     al     ejercicio,     al     asignarlo      al   capítulo   “Resumen   de   ingresos  y  gastos”  en  el  momento  en  que   se   produce   el   cierre   de   dicho   ejercicio.
• Por   el   monto   total   de   los   ingresos   provenientes  de  las  ventas  de  bienes  y  prestaciones  de  servicios  devengados  en el ejercicio.
SALDO:
Acreedor.  Representa  el  monto  de  la  venta  de  bienes  y  la  prestación  de  servicios, realizados durante el ejercicio, que se cancela al cierre del mismo.
CUENTAS:
5.1.4.1.
5.1.4.2.
Venta de Bienes
Prestación de Servicios
INGRESOS DE OPERACIÓN
Ingreso por operaciones

Ingreso de la empresa procedente de su actividad normal de explotación. Se distinguen por tanto de, por ejemplo, los resultados extraordinarios, los rendimientos de la cartera de valores o los ingresos financieros (en empresas no dedicadas específicamente a esta actividad

 Ingreso que obtiene una persona física o jurídica que no participa en la actividad empresarial que lo genera. Ejemplos conocidos de ingresos pasivos son las rentas originadas por el alquiler de bienes, los intereses generados en cuentas bancarias o los dividendos de acciones
Ingreso neto
Cantidad que recibe el trabajador sin más ingresos que su sueldo, después de la deducción de las cotizaciones a la Seguridad Social y los pagos del IRPF.

1. Cifra obtenida dividiendo los ingresos totales por el número de unidades vendidas ingreso marginal

Ingreso unitario procedente de la última unidad vendida. En competencia perfecta, es igual al precio en el punto de equilibrio Ingreso fiscal

Ingreso que percibe el Estado u otros entes públicos a través del concepto de tributos, como son los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales.

Ingreso devengado
Ingreso que se ha obtenido pero que al final del período contable no se ha cobrado. El principio es aplicar y contabilizar el ingreso desde el instante del compromiso y se considera una entrada de fondos a efectos contables aunque no se haya cobrado.

Ingreso bruto
Ingreso total que percibe un individuo antes de descontar los impuestos. También se aplica a las empresas para designar la cifra de facturación sin deducir descuentos ni ingreso medio
Cifra obtenida dividiendo los ingresos totales por el número de unidades vendidas impuestos sobre las ventas y especiales ingreso

1. Entrada de dinero en la empresa procedente de la venta de los bienes o servicios típicos de su explotación. En un sentido amplio, se consideran también ingresos los procedentes de rendimientos de la cartera de valores y depósitos a plazo (ingresos financieros), y los ingresos accesorios a la explotación o atípicos

RENTAS DE LA PROPIEDAD     
Son las rentas que recibe el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido a cambio de proporcionar fondos o de poner el activo material no producido a disposición de otra unidad institucional.
           
Transferencias corrientes diversas (D.75)
Incluye las siguientes rúbricas:
Transferencias corrientes a las ISFLSH
Transferencias corrientes entre los hogares, que consisten en todas las transferencias corrientes, en efectivo o en especie, que los hogares residentes efectúan a, o reciben de, otros hogares residentes o no residentes. En particular, incluyen las remesas de fondos que los emigrantes o los trabajadores instalados permanentemente en el extranjero (o que trabajan en el extranjero durante un año o más) hacen a los miembros de su familia residentes en su país de origen, y las de los padres a sus hijos residentes en otros lugares.
Multas y sanciones Loterías y juegos de azar Pagos compensatorios. Son las transferencias corrientes pagadas por unas unidades institucionales a otras en compensación por las lesiones o daños causados a las personas o a las propiedades, excluidas las indemnizaciones de seguro no de vida.
Cuarto recurso propio basado en el PNB.
Otras transferencias corrientes
Transferencias corrientes entre administraciones públicas (D.73)
Comprenden las transferencias entre los diferentes subsectores de las administraciones públicas (administración central, comunidades autónomas, corporaciones locales y administraciones de seguridad social), excepto los impuestos, las subvenciones, las ayudas a la inversión y las otras transferencias de capital.








JORNALIZACION DE LOS INGREOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS
Descripción: https://storyboard-images.s3.amazonaws.com/production-v2/3yrcabijjpoq/0_0.jpg?Signature=FLRxipUk%2BFthye9Iu0yfR7G7nfg%3D&Expires=1533412243&AWSAccessKeyId=AKIAJ6LV3CBDUJXVWFSQ
Descripción: https://storyboard-images.s3.amazonaws.com/production-v2/3yrcabijjpoq/3_0.jpg?Signature=uK44MU6Bh4ibIY5pkYr8DvezLBo%3D&Expires=1533412243&AWSAccessKeyId=AKIAJ6LV3CBDUJXVWFSQ

Descripción: https://storyboard-images.s3.amazonaws.com/production-v2/3yrcabijjpoq/4_0.jpg?Signature=i%2BfC1emavC9vGrW6mgwuZ29g5ow%3D&Expires=1533412243&AWSAccessKeyId=AKIAJ6LV3CBDUJXVWFSQ
Descripción: https://storyboard-images.s3.amazonaws.com/production-v2/3yrcabijjpoq/6_0.jpg?Signature=mnwfKlldEo3dtT%2FhEy1IHtjeC7I%3D&Expires=1533412243&AWSAccessKeyId=AKIAJ6LV3CBDUJXVWFSQ

INGRESOS NO TRIBUTARIOS
Descripción: https://storyboard-images.s3.amazonaws.com/production-v2/3yrcabijjpoq/13_0.jpg?Signature=TvNx0%2FD7rZTvYtt4S3ObHMd1lxM%3D&Expires=1533412243&AWSAccessKeyId=AKIAJ6LV3CBDUJXVWFSQ




TEMA 3
Ingresos de Capital

Los ingresos de capital provienen de la venta de bienes de larga duración, como los bienes inmuebles tales como terrenos, edificios, vehículos, etc. que son del Estado; venta de intangibles como los derechos de autor, propiedad intelectual; de recuperación de inversiones y de la recepción de fondos como transferencias o donaciones.

Estos fondos son destinados a realizar proyectos de inversión, aporte local de proyectos financiados con crédito externo y adquisiciones de bienes de capital, como es el caso de la construcción de una carretera.

Entre los ingresos de capital más destacados están:

Transferencias o donaciones de capital e inversión: Comprenden los fondos recibidos sin contraprestación, del sector interno o externo mediante transferencias o donaciones, estos ingresos sirven expresamente para financiar los gastos de capital e inversión como un proyecto de desarrollo comunitario, ciencia y tecnología, construcción vial, entre otros.
Financiamiento Público: Constituye las fuentes adicionales de fondos obtenidos por el Estado a través de la captación del ahorro interno o externo; por ejemplo cuando un organismo internacional multilateral de crédito presta al Estado sus recursos financieros para financiar prioritariamente proyectos de inversión.

El Financiamiento Público está conformado por los recursos provenientes de la colocación de títulos y valores; por ejemplo, cuando el Estado emite bonos a través de la Bolsa de Valores. Otra modalidad son los préstamos que el Estado adquiere en el exterior; el saldo de caja de las entidades públicas.

JORNALIZACION DE LOS INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS
16. Ingresos por ventas y prestación de servicios
16.1 Aspectos comunes

Los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos o será el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido: el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos.

Los impuestos que gravan las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios que la empresa debe repercutir a terceros como el impuesto sobre el valor añadido y los impuestos especiales, así como las cantidades recibidas por cuenta de terceros, no formarán parte de los ingresos.

Los créditos por operaciones comerciales se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros. No se reconocerá ningún ingreso por la permuta de bienes o servicios, por operaciones de tráfico, de similar naturaleza y valor.

Con el fin de contabilizar los ingresos atendiendo al fondo económico de las operaciones, puede ocurrir que los componentes identificables de una misma transacción deban reconocerse aplicando criterios diversos, como una venta de bienes y los servicios anexos; a la inversa, transacciones diferentes pero ligadas entre sí se tratarán contablemente de forma conjunta.

Cuando existan dudas relativas al cobro de un importe previamente reconocido como ingresos por venta o prestación de servicios, la cantidad cuy cobro se estime como improbable se registrará como un gasto por corrección de valor por deterioro y no como un menor ingreso.

16.2 Ingresos por ventas
Sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de la venta de bienes cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

    La empresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad de los bienes, con independencia de su transmisión jurídica. Se presumirá que no se ha producido la citada transferencia, cuando el comprador posea el derecho de vender los bienes a la empresa, y ésta la obligación de recomprarlos por el precio de venta inicial más la rentabilidad normal que obtendría un prestamista
La empresa no mantiene la gestión corriente de los bienes vendidos, ni retiene el control efectivo de los mismos
El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad
Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción
Los costes incurridos o a incurrir en la transacción pueden ser valorados con fiabilidad

16.3 Ingresos por prestación de servicios
Los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio.
En consecuencia, sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:

El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad
Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción
El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado confiabilidad
Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad

La empresa revisará y, si es necesario, modificará las estimaciones del ingreso por recibir, a medida que el servicio se va prestando. La necesidad de tales revisiones no indica, necesariamente, que el desenlace o resultado de la operación de prestación no pueda ser estimado con fiabilidad.

Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán ingresos, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.

17. Provisiones y contingencias
17.1 Reconocimiento

La empresa reconocerá como provisiones los pasivos que, cumpliendo la definición y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, resulten indeterminados respecto a su importe o a la fecha en que se cancelarán. Las provisiones pueden venir determinadas por una disposición legal, contractual o por una obligación implícita o tácita.

En la memoria de las cuentas anuales se deberá informar sobre las contingencias que tenga la empresa relacionadas con obligaciones distintas a las mencionadas en el párrafo anterior.

17.2 Valoración
De acuerdo con la información disponible en cada momento, las provisiones se valorarán en la fecha de cierre del ejercicio, por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero la obligación, registrándose los ajustes que surjan por la actualización de la provisión como un gasto financiero conforme se vayan devengando. Cuando se trate de provisiones con vencimiento inferior o igual a un año, y el efecto financiero no sea significativo, no será necesario llevar a cabo ningún tipo de descuento.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. El importe por el que se registrará el citado activo no podrá exceder del importe de la obligación registrada contablemente. Sólo cuando exista un vínculo legal o contractual, por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la empresa no esté obligada a responder, se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la provisión.

ARTICULO 89 DE CONTRATACIONES
CAPITULO UNICO
Enajenación de bienes del Estado y de sus Entidades Descentralizadas y Autónomas

ARTICULO 89. * Reglas generales.
Para la enajenación y transferencia de bienes inmuebles, muebles o materiales, propiedad del Estado, o de sus  entidades  autónomas  y  descentralizadas,  así  como  para  la  venta  de  bienes  muebles  o  materiales,  se seguirá el procedimiento de subasta pública, oferta pública, u otros procedimientos en los que los oferentes puedan presentar sus ofertas mediante mecanismos transparentes, previo cumplimiento de los requisitos de publicación  y  bases  elaboradas  para  el  efecto  y  de  lo  que  en  cada  caso  establece  la  presente  Ley  y  su Reglamento.
Para dichos efectos, deberá determinarse por la autoridad competente, en cada caso, según corresponda a la naturaleza de los bienes a enajenarse, si los procedimientos a seguirse deben ser los de una subasta pública, oferta pública u otros procedimientos que garanticen la publicidad de las actuaciones y la concurrencia de los oferentes, tal como el caso de los mercados bursátiles nacionales o internacionales.
* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Del Congreso Número 20
-97 el 08
-04  -1997.
* Reformado por el Artículo 5 del Decreto Del Congreso Número 34
-2001 el 07
-08  -2001.

ARTICULO 91 DE LA LEY DE CONTRATACIONES
Para la venta de bienes muebles propiedad del Estado, se observarán las reglas siguientes
 Que la autoridad interesada determine la conveniencia de la enajenación e inicie el trámite del expediente, acompañando las justificaciones pertinentes; 2. Que se practique el avalúo del bien por parte del Ministerio de Finanzas Públicas; 3. Que se emita el acuerdo por la autoridad superior de la entidad interesada. * Reformado por el Artículo 1 del Decreto Del Congreso Número 20-97 el 08-04-1997. * Reformado por el Artículo 7 del Decreto Del Congreso Número 34-2001 el 07-08-2001.

ARTICULO 90. * Enajenación y transferencia de bienes inmuebles del Estado.
Para la enajenación y transferencia de bienes inmuebles propiedad del Estado o de sus entidades autónomas o  descentralizadas,  deberá  emitirse  un  Acuerdo  Gubernativo  por  conducto  del  Ministerio  o  Ministerios  que corresponda, si se trata de bienes del Estado, o un acuerdo de la autoridad máxima de la entidad autónoma o descentralizada y se observarán las reglas siguientes:

1.  Se  deberá  describir  en  detalle  los  bienes  cuya  enajenación  se  llevará  a  cabo,  incluyendo  sus  datos registrales   con   base   en   la certificación   correspondiente   y  que   la   autoridad   interesada,  determine   la conveniencia de la contratación e inicie el trámite del expediente acompañando las justificaciones pertinentes.

2. Que se practique el avalúo del bien por parte del Ministerio de Finanzas Públicas.

3. Que se emita acuerdo gubernativo, que autorice la contracción, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas y con el refrendo del titular del Ministerio que haya iniciado el trámite.

4.  Se  podrá  acordar: si  se  juzga  conveniente  a  los intereses  del  Estado  o  de  la  entidad  enajenante,  la contratación de personas naturales o jurídicas especializadas en la intermediación con bienes inmuebles, para que se hagan cargo de la ejecución del procedimiento de oferta y subasta pública, u otro mecanismo análogo sujeto,  en  todo  caso,  a  las  normas  y  condiciones  cuyas  bases  se  deberán  determinar  en  el  acuerdo respectivo.

5. Si se juzga conveniente a los intereses del Estado o de la entidad correspondiente, se podrá disponer de la contratación  de  intermediarios  de  prestigio  internacional,  de  modo  que  la  oferta  y  subasta  pública  u  otro mecanismo análogo se promueva también a nivel internacional, cumpliéndose, en todo caso, con las bases generales que rijan la enajenación.
Las entidades descentralizadas y autónomas observarán las reglas establecidas en este artículo en lo que sea aplicable y el acuerdo será emitido por la autoridad superior de la entidad interesada.

* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Del Congreso Número 20
-97 el 08
-04  -1997.
* Reformado por el Artículo 6 del Decreto Del Congreso Número 3
4-2001 el 07
-08  -2001.

ARTICULO 91. * Reglas para la venta de bienes muebles.
Para la venta de bienes muebles propiedad del Estado, se observarán las reglas siguientes:
1. Que la autoridad interesada determine la conveniencia de la enajenación e inicie el trámite del expediente, acompañando las justificaciones pertinentes;
2. Que se practique el avalúo del bien por parte del Ministerio de Finanzas Públicas;
3. Que se emita el acuerdo por la autoridad superior de la entidad interesada.
* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Del Congreso Número 20
-97 el 08
-04  -1997.
* Reformado por el Artículo 7 del Decreto Del Congreso Número 34
-2001 el 07
-08  -2001
ARTÍCULO 58-61 LEY DE CONTRATACIONES
ARTICULO 58. Anticipo.
En construcción de obras puede otorgarse un anticipo supervisado hasta del veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El porcentaje anterior se calculará sobre el valor original del contrato sin tomar en cuenta el valor del equipo que se adquiera mediante cartas de crédito abiertas por la entidad contratante.
Podrá  otorgarse  anticipo  supervisado  hasta  del  veinte  por  ciento  (20%)  en  contrataciones  de  bienes  por fabricar  localmente  y  hasta  del  diez  por  ciento  (10%)  cuando  se  trate  de  servicios  de  consultoría.  Los porcentajes se calcularán sobre el valor original ajustado del contrato conforme lo establece el reglamento de esta  ley.  Cuando  se  trate  de  obras  con  financiamiento  externo,  se  estará  a  lo  que  se  establezca  en  los convenios respectivos, pero sin reducir los porcentajes establecidos en este artículo. El contratista amortizará el anticipo mediante la deducción que se le haga en cada pago, de acuerdo con el procedimiento establecido en el reglamento.
Si el contratista no inicia la obra e invierte el anticipo recibido, dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, en favor del Estado o reintegrará el anticipo.

ARTICULO 59. Estimaciones para pago.
La entidad contratante podrá hacer pagos parciales al contratista contra estimaciones periódicas de trabajo ejecutado y aceptado, las que podrán efectuarse mensualmente de acuerdo con las estipulaciones pactadas.

ARTICULO 60. Importación de material y equipo.
En caso de obras con equipamiento que requieran de pagos en el exterior, éstos se harán mediante cartas de crédito que se abrirán únicamente en los bancos corresponsales del Banco de Guatemala. La forma de pago deberá estipularse en el contrato. En todo caso, los gastos bancarios que se ocasionen correrán por cuenta del contratista.

ARTICULO 61. Autorización de pago de sobrecostos por fluctuación de precios.
Los mismos se autorizarán de la siguiente manera:

1.  Contratos  de  obra,  suministros,  bienes  y  servicios:  La  autoridad  administrativa  superior  de  la  entidad  o dependencia interesada, reconocerá y autorizará el pago de sobrecostos al contratista y en su caso requerirá del mismo las diferencias a favor del Estado, cuando se registren fluctuaciones de precios que afecten:
a) Materiales y demás elementos conexos a la obra, suministros, bienes o servicios.

b) Transporte, combustibles, lubricantes y otros productos derivados del petróleo.

c) Maquinaria, equipo, repuestos y llantas.

d) Mano de obra, prestaciones laborales y cuotas patronales establecidas por la ley.
Los pagos se harán conforme a los montos que resulten de la aplicación de las fórmulas para el reajuste de precios que establezca el reglamento de esta ley.

2) Bienes importados. Cuando en los contratos se estipule la importación de bienes por parte del contratista, la entidad administrativa superior de la entidad o dependencia interesada reconocerá y autorizará el pago por fluctuación  de  precios,  comprobando  para  el  efecto  el  precio  en  quetzales  de  cada  uno  de  los  bienes consignados  en  la  oferta  o  incorporados  al  contrato  y  el  precio  equivalente  en  quetzales  pagado  por  el contratista al efectuar la importación, tomándose en cuenta el diferencial cambiario y la variación de costos.
En  todo  caso,  el  contratista  está  obligado  a  presentar  a  la  entidad  correspondiente  la  documentación  que establezca las diferencias en contra o a favor del Estado.


































CUESTIONARIO

1.      ¿De dónde provienen los ingresos de capital?
De la venta de bienes de larga duración
2.      ¿Cómo está conformado el financiamiento público?
Por los recursos provenientes de la colocación de títulos y valores
3.      ¿Cómo se valorarán Los créditos por operaciones comerciales?
Se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros
4.      ¿Los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuándo?
Cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad
5.      ¿De acuerdo con la información disponible en cada momento, las provisiones se valorarán?
En la fecha de cierre del ejercicio
6.      ¿De cuánto es el porcentaje que puede anticiparse en construcción de obras?
20%
7.      ¿Cómo se realizarán los pagos de importación de material y equipo en el exterior?

Mediante cartas de crédito que se abrirán únicamente en los bancos corresponsales del Banco de Guatemala
8.      ¿Cuál es el objetivo de la venta de bienes y servicios de las administraciones públicas?
Registrar los montos totales de los recursos provenientes de la prestación de  servicios  y  de  la  venta  de  bienes  de  uso  exclusivo  de  entidades  que  se  encuentren dentro  del  presupuesto  de  la  Administración  Nacional

9.      ¿En qué consiste los ingresos de operación?
                         
Son los Ingreso que obtiene una persona física o jurídica que no participa en la actividad empresarial que lo genera.

10.  ¿Qué es un Ingreso devengado?

Ingreso que se ha obtenido pero que al final del período contable no se ha cobrado

11.  ¿Qué es un ingreso bruto?

Ingreso total que percibe un individuo antes de descontar los impuestos

12.  ¿Qué son Rentas de La Propiedad?
Son las rentas que recibe el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido a cambio de proporcionar fondos o de poner el activo material no producido a disposición de otra unidad institucional.

13.  ¿En qué consisten las transferencias corrientes?

Consisten en todas las transferencias corrientes, en efectivo o en especie, que los hogares residentes efectúan a, o reciben de, otros hogares residentes o no residentes

14.  ¿Qué son los ingresos tributarios?

Son los provenientes del pago que hacen los contribuyentes

15.  ¿Qué son ingresos de capital?

Los ingresos de capital provienen de la venta de bienes de larga duración, como los bienes inmuebles tales como terrenos, edificios, vehículos, etc.


















CONCLUSIÓN
La contabilidad gubernamental: Es la Disciplina que trata el estudio económico y financiero
De la hacienda pública que permite evaluar la gestión administrativa del estado. Abarca un conjunto de principios, normas y procedimientos que se usan para aplicar en términos monetarios las transacciones de los entes públicos para elaborar sus estados contables para ver su situación económica y financiera.
























EGRAFÍA









RECOMENDACIONES
Aplicar un procedimiento adecuado para que exista un mejor control de sus actividades operativas de conformidad con la prestación del servicio.
Para que existan mejores ingresos se recomienda que establezcan políticas para las cuentas pendientes de cobro que están afectando al país.
Acceder a un nivel de endeudamiento conforme a las necesidades y requerimientos.


Comentarios

Entradas más populares de este blog

Teorías acerca del Origen del Estado